No voy a extenderme demasiado, y sin intención de ofender a nadie. En nuestras entradas dedicadas a la Justicia Gratuita, dejamos aclarado (o eso se intentó) su funcionamiento, beneficiarios de este derecho fundamental, condiciones para su concesión, documentación necesaria que se va a solicitar para ello, etc.
Aún entran en nuestro despacho justiciables con problemas que requieren asesoramiento y una labor jurídica, con recursos económicos muy limitados o sin recursos económicos. Como miembro de un Servicio de Orientación Jurídica (Penitenciaria), no puedo por más que informarles que acudan sin ningún reparo a los Servicios de Orientación Jurídica Gratuita generales, y no se vean en el trance de decir al Letrado que no tienen dinero para pagar los servicios que necesitan.
En conciencia, no me parece razonable ni adecuado cobrar a estas personas, por lo cual, aquéllos justiciables que no tienen recursos para litigar PUEDEN ACUDIR A LA JUSTICIA GRATUITA (la Constitución les garantiza este derecho!); se les designará un Letrado del Turno de Oficio (al cual pertenezco) que se encargará de asumir su asesoramiento y defensa con toda diligencia y profesionalidad, cubriendo esa necesidad SIN TENER QUE ABONAR NINGUNA CANTIDAD.
Pueden consultar de nuevo las entradas dedicadas a este tema, así como acudir a los Servicios de Orientación Jurídica Gratuita en los Colegios de Abogados de toda España.
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