Estos
dos últimos años de vigencia de las tasas judiciales, han tenido unos efectos
perniciosos no sólo para los ciudadanos quienes han visto limitado su derecho
de acceso a la justicia, sino también para los profesionales jurídicos, mermando
con esta limitación sus expectativas laborales y, en consecuencia, económicas;
el “pan de cada día”, no ha llegado para muchos y, para otros, ha disminuido de
tal forma que no han podido mantener sus despachos ni a los empleados que
trabajaban en ellos, fomentando así el desempleo y la precariedad vital de
muchas personas: profesionales, empleados, sus familias… buena forma de trabajar
para mitigar el paro que nos afecta desde tiempos inmemoriales, pero que a día
de hoy y en estos años, no sólo no ha
bajado, sino que ha aumentado ostensiblemente.
Y,
el caso es que, leyendo diversas publicaciones: prensa, comentarios, Internet,
revistas especializadas, las cantidades recaudadas en concepto de tasas
judiciales (cerca de 600 millones de euros) no se han destinado, como el primer
ministro de Justicia insistió al justificar su establecimiento: a sufragar los
gastos derivados de la Justicia Gratuita…pero esto es lógico, ¿por qué? Porque
existe un principio llamado “principio de no afectación de los ingresos
públicos”, que implica el destino de cualquier ingreso público al sostenimiento
de los gastos públicos en general, por lo que este ministro contaba una bonita
historia que alguien se creería…
Lo
cierto es que lo recaudado no ha ido ni a la Justicia Gratuita, ni creo que a Sanidad,
ni a Educación, ni a otros muchos servicios públicos que se supone, se
sostienen recaudando los tributos que señala nuestra Ley General Tributaria:
impuestos, TASAS y contribuciones especiales.
María D. de Amo Martín
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