miércoles, 15 de abril de 2015

DEROGACIÓN TASAS. Continuación.

Estos dos últimos años de vigencia de las tasas judiciales, han tenido unos efectos perniciosos no sólo para los ciudadanos quienes han visto limitado su derecho de acceso a la justicia, sino también para los profesionales jurídicos, mermando con esta limitación sus expectativas laborales y, en consecuencia, económicas; el “pan de cada día”, no ha llegado para muchos y, para otros, ha disminuido de tal forma que no han podido mantener sus despachos ni a los empleados que trabajaban en ellos, fomentando así el desempleo y la precariedad vital de muchas personas: profesionales, empleados, sus familias… buena forma de trabajar para mitigar el paro que nos afecta desde tiempos inmemoriales, pero que a día de hoy y en estos años, no sólo no ha bajado, sino que ha aumentado ostensiblemente.

Y, el caso es que, leyendo diversas publicaciones: prensa, comentarios, Internet, revistas especializadas, las cantidades recaudadas en concepto de tasas judiciales (cerca de 600 millones de euros) no se han destinado, como el primer ministro de Justicia insistió al justificar su establecimiento: a sufragar los gastos derivados de la Justicia Gratuita…pero esto es lógico, ¿por qué? Porque existe un principio llamado “principio de no afectación de los ingresos públicos”, que implica el destino de cualquier ingreso público al sostenimiento de los gastos públicos en general, por lo que este ministro contaba una bonita historia que alguien se creería…


Lo cierto es que lo recaudado no ha ido ni a la Justicia Gratuita, ni creo que a Sanidad, ni a Educación, ni a otros muchos servicios públicos que se supone, se sostienen recaudando los tributos que señala nuestra Ley General Tributaria: impuestos, TASAS y contribuciones especiales. 

María D. de Amo Martín

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